¿Quiéres ser rector? Pregúntame cómo


El 28 de octubre de 2009 se vence el período de dos, de los cinco, rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE), Janeth Hernández, postulada por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades, y Germán Yépez, postulado por el Poder Ciudadano.

Ambos rectores pueden ser, según la ley, sustituídos o ratificados por las dos terceras (2/3) partes de la Asamblea Nacional (AN).

Lo que espera Súmate es que ambos sean sustituídos. Quién puede pensar en ratificar a personas que, entre otras cosas, han formado parte de una directiva electoral que no ha hecho pública la Memoria y Cuenta de su gestión de los años 2007 y 2008. Autoridades que teniendo la oportunidad de convocar, en febrero o marzo de este año, las elecciones de Concejos Municipales y Juntas Parroquiales, decidieron callar y posponerlas, violando la ley y el derecho a elegir.

Lo interesante es resaltar que muchos ciudadanos quieren hacer algo, pero qué exactamente. La posibilidad de que uno de los rectores sea postulado por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades del país, nos permite comenzar a ubicar a muchos candidatos que puedan garantizar los principios básicos electorales: la transparencia, la imparcialidad y la confiabilidad.

Tenemos que asumir el reto juntos, para alcanzar la mayor cantidad de personas y el mejor resultado.

¿Cuáles son los requisitos para ser rector?

La Ley Orgánica del Poder Electoral en su artículo 9 responde:
Las rectoras o los rectores electorales deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Ser venezolanas o venezolanos, mayores de treinta (30) años de edad y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos. En caso de ser venezolana o venezolano por naturalización, deben haber transcurrido al menos quince (15) años de haber obtenido la nacionalidad.

2. Haber obtenido título universitario, tener por lo menos diez (10) años de graduado y haber estado en el ejercicio o actividad profesional durante el mismo lapso. Preferentemente, tener experiencia o estudios de Postgrado en el área electoral o en materias afines.

3. No estar incursa o incurso en alguna de las causales de remoción señaladas en la presente Ley.

4. No estar vinculada o vinculado a organizaciones con fines políticos.

5. No haber sido condenada o condenado penalmente con sentencia definitivamente firme por la comisión de delitos dolosos en los últimos 20 años.

6. No tener parentesco hasta tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad con la Presidenta o el Presidente de la República ni con los titulares de los entes postulantes.

Las rectoras o los rectores electorales no podrán postularse a cargos de elección popular mientras estén en el ejercicio de sus funciones.

Quien ejerza la Presidencia o la Vicepresidencia del ente rector del Poder Electoral deberá ser venezolana o venezolano por nacimiento, y cumplir los requisitos que se exijan para los demás miembros del Consejo Nacional Electoral.

Las rectoras o los rectores electorales ejercen sus funciones a dedicación exclusiva, y no podrán ejercer otros cargos públicos o privados, salvo en actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales.
Ya sabes qué hacer, ya tienes qué hacer, contamos con tu participación.

Participemos sin ser ingenuos, vamos a hacer nuestro trabajo, la Asamblea Nacional tendrá que asumir frente al país, nuevamente, el costo político de sus decisiones.

Dashiell López

www.dashlopez.com
www.twitter.com/dashlopez
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Comentarios

Anónimo dijo…
soy profesor universitario licenciado en matematica, maestria en estadistica y 10 años en la comision electoral de la universidad quisiera saber como hago para postularme a rector del CNE. correo ajggarcia1@gmail.com

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